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NB : El masculino genérico se aplica al femenino tanto como el singular puede tener un sentido de plural e vice versa.
Indice
1 GENERALIDADES...............................................................................................................................3
2 SOLICITUDES.....................................................................................................................................3
3 RESTRICCIONES...............................................................................................................................4
4 REQUISITOS ESPECIALES – ADMISIÓN DE PERROS...................................................................4
5 CLASES ..............................................................................................................................................7
6 CALIFICACIONES Y CLASIFICACIÓN...............................................................................................9
7 TITULOS, PREMIOS Y CONCURSOS EN EL RING DE HONOR ....................................................10
8 HOMOLOGACIÓN DEL CACIB..........................................................................................................11
9 JUECES .............................................................................................................................................12
10 DEBERES DE LOS ORGANIZADORES..........................................................................................13
11 RESTRICCIONES PARA LOS JUECES EN EXPOSICIONES ........................................................17
12 QUEJAS ...........................................................................................................................................18
13 SANCIONES ....................................................................................................................................18
14 APLICACIÓN....................................................................................................................................18
Reglamento Complementario para las Exposiciones Mundiales y de Sección de la Fédération
Cynologique Internationale (FCI)...........................................................................................................19
PREÁMBULO........................................................................................................................................19
1 REGULACIONES...............................................................................................................................19
2 PREDIO DE EXPOSICIÓN Y RINGS.................................................................................................20
3 JUECES .............................................................................................................................................21
4 VEEDOR DE LA FCI .........................................................................................................................22
Anexo al REGLAMENTO DE EXPOSICIONES CANINAS y de JUECES de la Fédération
Cynologique Internationale....................................................................................................................23
El presente reglamento completa El Reglamento de la FCI, sólo en lo que se refiere a exposiciones caninas en las cuales se pueden conceder «Certificados de Aptitud al Campeonato Internacional de Belleza de la FC» (CACIB) (premios para el título de «Campeón Internacional de Belleza »).
Por estos acontecimientos, la FCI cobra un arancel por cada ejemplar que aparece en el catálogo, cuyo monto es determinado por la Asamblea General de la FCI. Este arancel debe ser pagado al recibir la FCI los catálogos y las listas de CACIB-Res-CACIB de la exposición en cuestión. Debe ser abonado aunque no se haya otorgado ningún premio.
1 GENERALIDADES
Los miembros de la FCI, tanto de pleno derecho como asociados, deben llevar a cabo, por lo menos, una exposición con CACIB por año.
Las organizaciones caninas nacionales son las únicas responsables en determinar en cuáles exposiciones caninas se podrá competir por el CACIB.
Es tarea de la Secretaría General de la FCI la de confeccionar y publicar el calendario de exposiciones con CACIB.
Las exposiciones que han sido autorizadas por la FCI, deben ser indicadas y designadas de la siguiente manera: "Exposición Canina Internacional con atribución del CACIB de la FCI".
Un catálogo en línea que incluya informaciones sobre los horarios de juzgamiento, las razas, los nombres y los propietarios de los perros inscritos se puede publicar sólo el día de la exposición pero nunca más de dos horas antes de la apertura oficial del primer día del evento. Si un programa de la exposición fuera publicado en línea antes de ésta, no puede incluir los nombres de los perros inscritos ni los de sus propietarios.
En el catálogo de estas exposiciones, debe aparecer claramente el logotipo de la FCI, junto con la siguiente expresión: "Fédération Cynologique Internationale (FCI)".
2 SOLICITUDES
Las solicitudes para poder otorgar el CACIB en exposiciones internacionales deben ser enviadas a la Secretaría General de la FCI a más tardar doce meses antes de la exposición, o con una antelación no mayor a cuatro años calendarios de la exposición.
3 RESTRICCIONES
Sólo se puede otorgar un CACIB en cada sexo, raza y variedad de raza (según la nomenclatura de las razas caninas de la FCI), en el mismo día y en el mismo lugar.
No se puede llevar a cabo ninguna otra exposición con CACIB, el día en que se lleva a cabo una exposición mundial o de sección, en el mismo continente. Los casos excepcionales serán tratados por el Comité General.
Si una exposición debe ser cancelada por motivos de fuerza mayor, se le recomienda al organizador reembolsar parcialmente los aranceles de inscripción que hayan sido pagados, en base a su propio reglamento existente.
La FCI sólo autorizará exposiciones a realizarse el mismo día, a condición de que estos acontecimientos se lleven a cabo con una distancia mínima de 300 km. En el caso de que la distancia sea inferior a 300 km, se puede dar la autorización a condición de que el organizador que haya enviado su solicitud en primer lugar dé su consentimiento al segundo solicitante. En este caso, se recomienda la división apropiada de los grupos de la FCI (según la nomenclatura de las razas de la FCI), teniendo en cuenta los lugares y los días de las exposiciones.
En las exposiciones con CACIB, una raza debe ser juzgada, si es posible, en un solo día, y todas las razas de un mismo grupo de la FCI también deben ser juzgadas en un solo día. Sin embargo, solo en aquellos casos en que sea necesario por motivos de organización, es posible dividir el juzgamiento de las razas de un mismo grupo en dos días.
Es responsabilidad del Director Ejecutivo de la FCI, la decisión de autorizar el otorgamiento del CACIB en exposiciones internacionales.
4 REQUISITOS ESPECIALES – ADMISIÓN DE PERROS
El bienestar y la salud de los perros debe ser LA PRIORIDAD en cualquier exposición canina.
Se les pide a los organizadores que mencionen la frase a continuación en sus catálogos de exposiciones, con una visibilidad suficiente: los expositores son responsables del bienestar de los perros en las exposiciones internacionales de la FCI. Es prohibido poner el perro en una situación que pueda ser peligrosa para su salud o su bienestar, como por ejemplo dejarlo en el coche con unas temperaturas excesivamente elevadas o bajas y/o tratarlo de forma cruel. Violar esta norma resultará en la expulsión de la exposición en curso y las futuras.”
Los organizadores deben asegurarse de que las únicas razas que puedan ser presentadas sean aquellas para las que la FCI ha aceptado sus estándares de raza (a título definitivo o provisional) y que estén inscritas en el libro de orígenes o en el anexo a dicho libro (registro inicial) de un país miembro de la FCI. Lo mismo se aplicará a un país no miembro de la FCI cuyo libro de orígenes es, no obstante, reconocido por la FCI. Las razas aún no reconocidas por la FCI (ni en forma definitiva ni provisoria), deben estar reconocidas a nivel nacional y tener pedigríes emitidos por una organización canina nacional miembro o socio contratante de la FCI. Estas razas no pueden ingresarse en ningún grupo (tienen que figurar en una sección específica del catálogo llamada “razas no reconocidas por la FCI”) y no pueden optar al CACIB, ni a los diferentes títulos de la FCI. Además, no pueden competir en las finales de los “Mejor de Grupo”. La FCI cobra el arancel habitual por cada perro expuesto (de dichas razas).
En todas las exposiciones en las que se otorga el CACIB de la FCI, la división en grupos debe ser de acuerdo con la actual Nomenclatura de Razas de la FCI. En caso de incumplimiento de esta norma, la FCI reserva el derecho a rechazar autorizaciones a otorgar el CACIB en futuras exposiciones internacionales. Los grupos son los siguientes:
grupo 1: Perros de Pastor y Perros Boyeros (excepto Perros Boyeros Suizos)
grupo 2: Perros Tipo Pinscher y Schnauzer - Molosoides y Perros Tipo Montaña y Boyeros Suizos
grupo 3: Terriers
grupo 4: Teckels
grupo 5: Perros Tipo Spitz y Tipo Primitivo
grupo 6: Perros Tipo Sabueso, Perros de Rastro y Razas Semejantes
grupo 7: Perros de Muestra
grupo 8: Perros Cobradores de Caza, Perros Levantadores de Caza y Perros de Agua
grupo 9: Perros de Compañía
grupo 10: Lebreles
En todas las exposiciones con pocas inscripciones, los organizadores están autorizados a que se juzguen conjuntamente diferentes grupos en el ring principal, para las competencias de los « mejores de grupo ». Sin embargo, esto no se aplica a las exposiciones mundiales y de sección.
En todas las exposiciones, además de la denominación de la raza en el idioma prevaleciente del país organizador, el cronograma y el catálogo deberían también incluir el país de origen de la raza y ser redactados en uno de los cuatro idiomas de trabajo de la FCI.
Los machos y las hembras deben ser inscriptos en forma separada. La numeración debe comenzar en el número 1 y no será interrumpido a través del catálogo. Dentro de la misma raza, la numeración no puede ser interrumpida.
En el catálogo, se pueden publicar los títulos de campeón internacional y nacional que hayan sido homologados así como los títulos oficiales conseguidos en las exposiciones mundiales o de sección de la FCI (Vencedor Mundial, Vencedor Mundial - Joven, Vencedor Mundial – Veterano, Vencedor de Sección, Vencedor de Sección - Joven, Vencedor de Sección - Veterano). Le corresponde al país que organiza la exposición decidir publicar o no otros títulos en el catálogo.
Los perros enfermos (provisionalmente enfermos o padeciendo de una enfermedad contagiosa) así como las perras amamantando o acompañadas por sus cachorros, deben ser excluidos de toda exposición canina. Las hembras en celo pueden tomar parte en las exposiciones a menos que los reglamentos del comité organizador lo prohíban. Los perros sordos o ciegos no pueden ingresar en una exposición con CACIB. En el caso de que un propietario no observara esta norma y que el juez descubriera que el perro es ciego o sordo, tiene que echar al ejemplar fuera de la pista.
Los perros que no figuran en el catálogo no pueden ser juzgados, a no ser que hayan surgido errores por los cuales el comité organizador es responsable (problemas en el proceso de impresión del catálogo, etc.). Los formularios de inscripción deben haber sido completamente completados y devueltos a los organizadores antes de la fecha de cierre y las inscripciones deben estar debidamente registradas y abonadas.
Los perros con la cola o las orejas cortadas deben ser admitidos, de acuerdo con las regulaciones legales de sus países de origen y aquellas del país en el que se lleva a cabo la exposición. El juzgamiento de estos perros, tengan la cola y las orejas cortadas o no, debe ser realizado sin ninguna discriminación y solamente conforme al estándar de raza válido. Las reglamentaciones del país organizador en relación con exhibir perros con cola u orejas cortadas deberían estar indicadas en el programa de exposición o en el formulario de inscripción así como en las reglamentaciones de exposición.
Está prohibido preparar al perro con cualquier sustancia que pueda alterar la estructura, color o forma del pelaje, piel o nariz. Sólo se permiten el uso del peine y del cepillo, el arreglo y el corte de pelo. Está también prohibido dejar al perro atado sobre la mesa de arreglo por más tiempo del que lo exija la preparación del animal.
Se admiten como identificación, tanto los tatuajes como los microchips (estándar ISO).
El comité organizador se reserva el derecho de no aceptar la participación de un expositor en la exposición.
5 CLASES
No se permite inscribir a un perro en dos clases y tampoco se aceptan las inscripciones posteriores a la fecha de cierre.
Las competencias o exposiciones – nacionales o internacionales, adicionales organizadas por clubes de la misma organización canina nacional que el club que organiza la exposición con CACIB, están permitidas dentro del mismo predio, cuando es aceptado por el organizador de la exposición con CACIB.
La fecha decisiva para la edad es el día en que se exhibe el perro. Si la fecha de nacimiento del perro es el día en que se expone, el expositor puede elegir la clase en la que quiere inscribir al perro (a más tardar el día de cierre oficial de las inscripciones). En cuanto a exposiciones celebradas en un mismo lugar durante varios días es deber del expositor inscribir a su perro en la clase apropiada (a más tardar el día de cierre oficial de las inscripciones.
En las exposiciones con CACIB autorizadas por la FCI, sólo se autorizan las clases siguientes:
a. Clases en las que se puede otorgar el CACIB
* Clase intermedia | (de 15 a 24 meses) obligatoria |
* Clase abierta | (a partir de 15 meses) obligatoria |
* Clase trabajo | (a partir de 15 meses) obligatoria |
* Clase campeones | (a partir de 15 meses) obligatoria |
Clase Trabajo
Para inscribir a un perro en la clase trabajo, el formulario de inscripción debe ser acompañado con una copia del certificado obligatorio de la FCI, WCC (Working Class Certificate), (anexos 1a) y 1b)) conteniendo la confirmación del país miembro en el cual el propietario/tenedor posee su residencia legal, que el perro ha aprobado una prueba apropiada así como los detalles de la prueba.
Las únicas razas que podrán inscribirse en clase trabajo son las que aparecen como razas de trabajo en la nomenclatura de la FCI, tomando en cuenta las excepciones otorgadas a ciertos países para ciertas razas.
Clase Campeones
Para inscribir a un perro en la clase campeones, es imprescindible que uno de los títulos detallados a continuación haya sido homologado a más tardar el día de cierre oficial de inscripción. Se debe adjuntar una copia del título al formulario de inscripción.
- Campeón Internacional de Belleza de la FCI (CIB)
- Campeón Internacional de Exposición de la FCI (CIE)
- Campeón Nacional de Belleza de un país miembro de la FCI (con por lo menos 2 CAC de este mismo país)
- Campeón Nacional de Exposición de un país de la FCI
- Campeón Nacional de Belleza de un país no miembro de la FCI que haya firmado una carta de cooperación con la FCI
- Campeón de Exposición Nacional de un país no miembro de la FCI que haya firmado una carta de cooperación con la FCI
Una vez cerrado el período de inscripción está prohibido transferir un perro de una clase a otra a no ser que el problema se deba a un error administrativo del comité organizador.
b. Clases en las cuales no puede otorgarse el CACIB:
- Clase Bebés (correctamente vacunados, hasta 6 meses) = opcional
- Clase Cachorros (de 6 a 9 meses) = opcional
- Clase Jóvenes (de 9 a 18 meses) = obligatoria
- Clase Veteranos (a partir de 8 años) = obligatoria
c. Concurso opcional de Mejor de Sexo
Debe incluir por lo menos el mejor joven, el vencedor de CACIB y el mejor veterano. El juez ubica a los ejemplares exhibidos en orden de calidad sin tener en cuenta de que clase vienen.
d. Grupos/concursos facultativos
Para ser inscrito en estos grupos/concursos, el perro tiene que competir también, a título individual, en una de las clases obligatorias.
- Grupo/concurso de parejas: un macho y una hembra de la misma raza y de la misma variedad, perteneciendo al mismo propietario.
- Concurso de Grupo de Reproductores: un mínimo de tres y máximo de cinco ejemplares de las mismas raza y variedad independientemente del sexo, criados por la misma persona (mismo afijo) aunque dicha persona no sea la propietaria.
- Concurso de Grupo de Progenie: un macho o una hembra acompañados de un mínimo de tres y máximo cinco cachorros suyos (primera generación, es decir hijo o hija).
Estos grupos/concursos facultativos tendrán lugar, preferentemente, en las pistas donde se juzgan las razas. El juez de raza elige al mejor grupo y solo éste será permitido en el ring de honor.
6 CALIFICACIONES Y CLASIFICACIÓN
Las calificaciones otorgadas por los jueces deben cumplir con las siguientes definiciones:
EXCELENTE – sólo puede ser atribuido a un perro muy cercano al estándar ideal de la raza, que se presente en excelente forma, exhibiendo un temperamento armonioso, equilibrado, que sea de clase superior y tenga excelente actitud. Sus características superiores en relación a su raza permiten que imperfecciones menores puedan ser ignoradas. Sin embargo, deberá poseer las características típicas de su sexo.
MUY BUENO – sólo puede ser atribuido a un perro que posea las características típicas de su raza, que sea equilibrado en sus proporciones y que éste en correcta condición. Pueden tolerarse unas faltas menores. Este premio sólo puede ser otorgado a un perro que muestre clase.
BUENO – se atribuye a un perro que posee las características principales de su raza. Los puntos buenos deberían superar las faltas para que el ejemplar pueda ser considerado un buen representante de su raza.
SUFICIENTE – debe ser otorgado a un perro que corresponda suficientemente a su raza, sin poseer las características generalmente aceptadas, o cuya condición física deje algo que desear.
DESCALIFICADO – debe ser otorgado a un perro que no corresponda al tipo requerido por el estándar, que exhiba un comportamiento claramente distinto al del estándar o tenga conducta agresiva, que tenga anomalías testiculares, que tenga defectos dentales o anomalías maxilares, que exhiba un color o estructura de pelaje que no esté de acuerdo con el estándar de raza o que muestre claramente signos de albinismo.
Esta calificación también se otorgará a los perros que apenas correspondan a una sola característica de la raza, de modo tal que su salud se vea amenazada. Tiene que otorgarse también a perros que presenten faltas descalificantes en relación al estándar de la raza. El motivo por el cual el ejemplar fue DESCALIFICADO debe figurar en el informe del juez.
Los perros que no puedan recibir una de las calificaciones arriba mencionadas, serán retirados del ring con:
NO PUEDE SER JUZGADO – esta valoración se atribuye a cualquier perro que no se mueva, que sea rengo, que constantemente salte sobre su guía o trate de salir de el ring, lo que hace imposible evaluar el desplazamiento y el movimiento, o si un perro evita constantemente que el juez lo examine, y hace imposible el inspeccionar la mordida y los dientes, la anatomía y la estructura, la cola o los testículos, o si pueden ser observados los vestigios de operaciones o tratamientos que parezcan hechos con la intención de provocar un posible engaño. Lo mismo se aplica si el juez tiene amplias razones como para sospechar de operaciones hechas con la intención de corregir la característica o condición original (v.g. párpado, oreja, cola). Esta valoración se atribuye también a cualquier perro en caso de double handling (es decir atraer la atención del perro desde fuera del ring) que está estrictamente prohibido. La razón por la que el perro recibió un NO PUEDE SER JUZGADO tiene que ser asentada en el informe del juez.
Los cuatro mejores perros de cada clase son clasificados, siempre que hayan recibido al menos la calificación «MUY BUENO».
7 TITULOS, PREMIOS Y CONCURSOS EN EL RING DE HONOR
CACIB: Certificat d’Aptitude au Championnat International de Beauté de la FCI
Los únicos perros que pueden ser considerados para el CACIB son aquellos que han sido premiados con un « 1ro. Excelente » en categoría intermedia, abierta, trabajo y campeón. Sólo se puede conceder un CACIB si se considera al perro en cuestión como un ejemplar de calidad superior. El CACIB no se otorga automática y obligatoriamente al “1ro. Excelente”.
Se otorga la Reserva de CACIB al segundo mejor perro que haya obtenido la calificación « Excelente » de las categorías arriba mencionadas. El ejemplar ubicado en segundo lugar en la categoría de la cual proviene el vencedor del CACIB, puede competir por la Reserva de CACIB, si se le otorgó “excelente”. No es obligatorio otorgar la Reserva de CACIB.
El juez concede los CACIB y Reserva de CACIB según la calidad de los perros, sin verificar si cumplen con los requisitos de edad y/o inscripción en libros de orígenes reconocidos por la FCI.
El CAC (Certificat d’Aptitude au Championnat) es un premio nacional cuyo otorgamiento depende de las organizaciones caninas nacionales. Les corresponde a dichas organizaciones decidir en qué clases y a qué perros se puede conceder este certificado. El hecho de ganar CAC’s permite conseguir el título de Campeón nacional.
El primer título de Campeón Nacional obtenido en un país de la FCI debe ser con al menos 2 CACs ganados en exposiciones organizadas por la misma OCN en el mismo país en dos días diferentes.
Para cada sexo y cada raza, le corresponde a un solo juez otorgar todos los premios, CACIB incluido. Se nombrará a este juez de antemano.
Mejor de Raza (BOB) y Mejor Sexo Opuesto (BOS)
El mejor joven, el vencedor de CACIB y mejor veterano de ambos sexos, si se les otorgara “excelente”, competirán por Mejor de Raza (BOB). El juez debe también elegir el mejor ejemplar del sexo opuesto (BOS), al lado del vencedor de BOB.
Opcional (en caso de que se lleve a cabo un concurso de Mejor de Sexo): el mejor macho y la mejor hembra del concurso Mejor de Sexo compiten por Mejor de Raza (BOB) y Mejor Sexo Opuesto (BOS).
Los perros de razas que no están reconocidas a título definitivo sino provisional no pueden optar al CACIB pero pueden competir por el Mejor de Raza, Mejor de Grupo y Mejor Perro de la Exposición. Estas razas pueden también competir por los diferentes títulos de la FCI.
Competencias en el ring de honor:
Los concursos de Mejor de la Exposición, Mejor de Grupo, Grupo de Reproductores, Grupo de Progenie, Parejas, Mejor Veterano, Mejor Joven, Mejor Puppy, Mejor Bebé y Junior Handling deben ser juzgados por un solo juez, nombrado de antemano. Para hacer las competencias en el ring de honor más eficientes, el juez debería prejuzgar los ejemplares o grupos en una pista separada con tiempo suficiente antes de que ingresen al ring de honor para que, luego de observar los ejemplares ingresar al ring de honor, pueda rápidamente elegir los semifinalistas o finalistas que necesitarán una mirada más cercana.
Los únicos jueces que pueden oficiar en estas competencias son aquellos que hayan sido autorizados para hacerlo por sus respectivas organizaciones caninas nacionales.
Si un perro se muestra agresivo en la pista (raza-grupo-finales) y que su comportamiento está observado por el juez que oficia, debe entregar un informe al comité organizador y debe descalificar el perro para el resto de la competición. Todos los premios y títulos del día deben ser cancelados.
8 HOMOLOGACIÓN DEL CACIB
Los jueces designados serán los que realicen las propuestas de CACIB. La homologación definitiva debe ser hecha por la FCI.
Le corresponde a la Secretaría de la FCI verificar que los perros propuestos cumplen con los requisitos establecidos para la homologación del CACIB.
Las tarjetas entregadas a los expositores en las exposiciones representan la prueba de que el perro correspondiente ha sido propuesto para el CACIB. Deben llevar la siguiente expresión: «a reserva de homologación por la FCI».
La secretaría general de la FCI debe asegurarse de que los CACIB han sido correctamente otorgados. A más tardar tres meses después de la exposición, los organizadores deben enviar una copia del catálogo y de las listas de perros propuestos para el CACIB y Reserva de CACIB a la Secretaría General de la FCI.
Estas listas deberán incluir la siguiente información:
-Número de catálogo, nombre del perro, libro de origen y número de registro en el libro de origen, sexo, raza y variedad, fecha de nacimiento, nombre del propietario, nombre del juez y clase en la que se otorgó el CACIB.
-Las razas serán listadas de acuerdo con su denominación en uno de los cuatro idiomas de trabajo de la FCI, seguida de la denominación normalmente utilizada en el país donde se celebra la exposición.
-Si un perro no es incluido en la lista de CACIB (por ejemplo, por omisión de los organizadores), la tarjeta de propuesta puede ser aceptada como prueba con tal que ningún perro de la misma raza y mismo sexo esté ya en la lista.
9 JUECES
Sólo el juez actuante está autorizado a tomar decisiones sobre la atribución del CACIB, la clasificación y la calificación. En este sentido, está obligado a hacerlo sin ninguna ayuda externa y/o interferencia por parte de persona alguna.
La evaluación y el juzgamiento de los perros sólo pueden ser llevados a cabo por jueces autorizados por sus organizaciones nacionales a juzgar las razas correspondientes. Durante el juzgamiento, están obligados a juzgar única y estrictamente de acuerdo con el estándar de raza FCI vigente en el momento de la exposición.
Los jueces de países que no son miembros de la FCI sólo pueden juzgar en exposiciones de la FCI si la organización nacional a la que pertenecen está vinculada con la FCI a través de un acuerdo contractual o gentleman’s agreement. Estos jueces pueden juzgar en exposiciones de la FCI, siempre y cuando sus nombres estén incluidos en la lista oficial de su organización canina nacional.
También se aplica lo siguiente:
a. Todos los jueces de países que no son miembros de la FCI, cuando son invitados a juzgar en una exposición de la FCI, deben completar el cuestionario estandarizado expedido por la FCI. Debe ser enviado a ellos a su debido tiempo y devuelto firmado para su aprobación.
b. Le corresponde a la organización nacional del país en el cual un juez de un país que no es miembro de la FCI está comprometido para juzgar, verificar la validez de la información contenida en el cuestionario.
c. Bajo toda circunstancia, todos los jueces, incluyendo aquellos jueces de países que no son miembros de la FCI, deben seguir los estándares de raza de la FCI cuando están juzgando en exposiciones que han sido autorizadas por la FCI. Los estándares de la FCI para las razas que juzgarán jueces que no son de países miembros de la FCI, les deben ser enviados por la organización que los ha invitado con bastante tiempo antes del evento. Las normas relativas a las obligaciones generales de un juez de exposiciones, las modalidades de su viaje y de su seguro así como también su comportamiento, mencionadas en el Reglamento de la FCI para los Jueces de Exposiciones (Art.9 a 11), también se aplican a jueces de países que no son miembros de la FCI. Ellos deben respetarlas.”
d. Cuando ofician en exposiciones de la FCI, los jueces de países que no son miembros de la FCI sólo pueden juzgar las razas reconocidas por su organización canina nacional incluso si se encuentran en la lista de jueces para todas las razas de su propia OCN.
e. Los jueces de países que no son miembros de la FCI deben ser informados por completo, con antelación y en detalle, acerca del reglamento de exposiciones de la FCI, así como acerca de otras regulaciones y cuestiones de procedimiento importantes. Es responsabilidad del organizador de la exposición del país donde la exposición se realiza, la de proveer la información necesaria a estos jueces.
10 DEBERES DE LOS ORGANIZADORES
Los comités organizadores deben conocer el reglamento de jueces de exposiciones de la FCI y el Reglamento de Exposiciones Caninas de la FCI y deben respetarlo.
La FCI no puede ser considerada como responsable de cualquier incidente que se produzca en el marco de una exposición internacional. Un seguro en responsabilidad civil debe ser contratado por los organizadores.
INVITACIONES A JUZGAR
a. Los organizadores deben enviar una invitación escrita al juez. El juez está obligado a informar, por escrito, a los organizadores si acepta o rechaza la invitación. Siempre debiera cumplir con sus obligaciones para actuar como juez, a no ser que no pueda por una razón importante.
b. Si debido a una razón importante, un juez no puede cumplir con sus obligaciones, el organizador de la exposición debe ser inmediatamente informado por teléfono, fax o email. La cancelación debe ser confirmada por carta.
c. De la misma manera, los organizadores están obligados a mantener sus invitaciones. Sólo se permite la cancelación en caso de fuerza mayor o en caso de acuerdo mutuo con el juez.
d. Si los organizadores se ven forzados a cancelar el evento o la invitación de juzgamiento a un juez en particular, están obligados a rembolsar al juez por los gastos que ya hayan sido realizados. Si por cualquier razón que no sea de fuerza mayor, un juez no puede cumplir con sus obligaciones para oficiar como juez, está obligado a pagar los gastos suplementarios que puedan haberse ocasionado ya.
e. Se les recomienda a los jueces contratar un seguro de viaje (cancelación de vuelo, accidentes, etc.) cuando están invitados a juzgar en el extranjero.
f. Si un juez es invitado a juzgar una raza reconocida únicamente a nivel nacional, debe haber recibido con antelación suficiente tanto la autorización según el reglamento de jueces de exposiciones de su propia OCN, como el estándar por parte del organizador.
g. En todas las exposiciones internacionales de la FCI, 2/3 como mínimo de los jueces invitados deben ser jueces de la FCI (raza-grupo-todas las razas) aprobados por una OCN miembro de la FCI. Si el organizador necesita a sólo dos jueces, ambos deberían estar aprobados por su organización canina nacional de la FCI.
h. Los jueces de raza de la FCI de los miembros de pleno derecho de la FCI necesitarán confirmación antes del evento por su organización canina nacional para juzgar razas y/o competencias finales en el ring de honor en el extranjero al menos que la organización canina nacional en donde tienen su residencia legal tenga sus jueces enumerados en la Guía de Jueces de la FCI (sin ninguna restricción en esta Guía acerca de estos jueces). Los jueces de grupo de la FCI que son de OCN miembros de pleno derecho de la FCI están autorizados a juzgar, sin permiso previo de su OCN (a menos que la OCN lo exija específicamente), todas las razas del / de los grupo(s) para lo(s) cual(es) tienen licencia así como el Mejor de Grupo para el (los) grupo(s) para lo(s) cual(es) tienen licencia. Pueden juzgar el « mejor de la exposición » (BIS) a condición de que la OCN que los haya invitado esté de acuerdo, que sean calificados como juez de grupo de la FCI para al menos dos grupos de la FCI y que su OCN les hayan autorizado a juzgar este tipo de competición.
i. Los jueces internacionales para todas las razas de la FCI que son de OCN miembros de pleno derecho de la FCI están autorizados a juzgar, sin permiso previo de su OCN (a menos que la OCN lo exija específicamente), cualquier raza y cualquier competencia, incluyendo el Mejor de la Exposición y los Mejores de Grupo.
j. Los jueces nacionales para todas las razas de la FCI de miembros de pleno derecho de la FCI con menos de 100 razas registradas, están sólo autorizados a juzgar las razas reconocidas por su organización canina nacional. Los jueces nacionales para todas las razas de la FCI deben tener autorización de su organización canina nacional al menos que el juez esté registrado en la Guía de Jueces de la FCI. k. El país que tiene que ser indicado en el cronograma de la exposición es el país donde la licencia de juez de la FCI está registrada.
RAZAS A JUZGAR
Un juez debe ser informado de antemano, es decir tres días antes del evento, sobre las razas y cantidad de perros que tiene asignados para juzgar así como también sus tareas en el ring de honor. Es responsabilidad del organizador de la exposición la de proveer esta información al juez, por adelantado y por escrito.
Un juez no debería juzgar más de unos 20 perros por hora y un máximo de 80 perros por día si el organizador le pide un informe escrito individual por cada perro. No debería juzgar más de 150 perros por día si no se le exige ningún informe escrito individual. En casos de fuerza mayor, por ejemplo cancelación a último minuto de jueces por enfermedad, condiciones climáticas, etc., estas cifras pueden extenderse a 100 y 200 con o sin informe escrito. En estas situaciones, deber existir un acuerdo mutuo entre el organizador y el juez y se le debería suministrar al juez un asistente y secretarios de pista con mucha experiencia y asistentes. Si se le solicita al juez que juzgue más de 100 ejemplares, el juzgamiento debería ser hecho sin informe escrito.
DERECHOS DE LOS JUECES
Los derechos de los jueces invitados a exposiciones internacionales de la FCI fuera de su país de residencia son los siguientes:
a. La organización de la exposición o el club anfitrión, debe velar por el juez, conforme a un convenio previo, desde el momento de su llegada al país en el que va a juzgar hasta el momento de su salida; normalmente, esto incluye el día anterior y el día posterior a la exposición en la que oficia como juez.
b. El juez (durante su estancia en calidad de juez) debe ser alojado en un lugar adecuado, su estancia puede incluir la noche anterior y la noche posterior al evento, según su plan de vuelo.
c. Los jueces tienen libertad para realizar acuerdos privados con los organizadores de exposiciones, los cuales pueden diferir de aquellos estipulados en el “Anexo al Reglamento de Exposiciones y de Jueces de la Fédération Cynologique”. No obstante, cuando no se hayan efectuado tales acuerdos personales, los jueces deben recibir los beneficios otorgados por este anexo.
d. Es aconsejable que las disposiciones financieras sean puestas, de antemano, por escrito en un contrato o una convención entre el juez y el organizador de la exposición. Este contrato deberá ser respetado por ambas partes.
GESTIÓN DE LAS PISTAS Y ASISTENTES
Las razas miniaturas y algunas razas pequeñas tienen que ser examinadas sobre una mesa facilitada por los organizadores.
El juez es el responsable del ring. Cuando ocurren problemas en la organización, se debe consultar al secretario principal de pista, y las decisiones se toman de acuerdo con el juez.
Para facilitar la organización en el ring, un secretario de ring y un asistente (encargado de la papelería) deberían estar a la disposición del juez. Estos asistentes así como el secretario principal de pista deben hablar uno de los idiomas de trabajo de la FCI, determinado por el juez.
Los secretarios y los asistentes encargados de la papelería deben ser proporcionados por el comité organizador. El secretario de pista debe tener un buen conocimiento del reglamento de exposiciones de la FCI así como de las reglas de exposición del país donde se lleva a cabo la exposición. Las organizaciones caninas nacionales deberían organizar capacitación especial y un sistema de autorización para secretarios de pista y asistentes.
El secretario y el asistente encargado de la papelería deben proveer los siguientes servicios al juez:
- reunir los perros por clases;
- verificar los perros ausentes dentro de cada clase.
- notificar al juez sobre cualquier cambio de guía o ingreso irregular;
- en prioridad, redactar el informe del juez –cuando es requerido– en el idioma elegido por él (y comunicado de antemano al organizador de la exposición) para que el juez entienda lo que está escrito. Si es necesario, debería hacerse traducción de los informes afuera de la pista en un área especial para traducción;
- organizar toda la papelería de trabajo necesaria y la distribución de los premios;
- seguir todas las instrucciones del juez.
11 RESTRICCIONES PARA LOS JUECES EN EXPOSICIONES
- Un juez nunca debe llegar tarde a un compromiso o dejar el predio de la exposición antes de que haya terminado completamente con las obligaciones que le fueron asignadas.
- Un juez no puede criticar el trabajo de otro juez.
- Bajo ninguna circunstancia puede un juez solicitar invitaciones para juzgar.
- Un juez no puede consultar el catálogo de la exposición antes o durante su juzgamiento.
- En la pista, un juez debe comportarse correctamente y examinar todos los perros sin discriminación. Debe vestirse sobria y correctamente, en relación con la tarea que debe realizar. Debe actuar correcta y cortésmente.
- Un juez no puede fumar en el ring.
- Un juez no puede consumir bebidas alcohólicas en el ring.
- Un juez no puede utilizar un teléfono celular en el ring cuando está juzgando.
- Un juez no puede ni ingresar ni guiar un perro en una exposición en la que oficia como juez.
- Un socio, cualquier miembro de su familia inmediata o cualquier persona que viva con el juez en su hogar, puede ingresar y guiar cualquier perro que pertenezca a cualquier raza que el juez no juzga en ese día de la exposición.
- Los perros que el juez guía en una exposición con CACIB en la cual no está actuando como juez, deben ser de su propia cría, de la cría de un socio suyo, de la cría de un miembro de su familia inmediata o de la de cualquier persona que viva con él en su hogar. Otra posibilidad es que deban ser de su (co)-propiedad, de la (co)-propiedad de un socio suyo, de la (co)-propiedad de un miembro de su familia inmediata o de la de cualquier persona que viva con él en su hogar.
- Un juez no puede juzgar ningún perro del que él, un socio suyo, un miembro de su familia inmediata o cualquier persona que viva con él en su hogar ha sido (co)-propietario durante los seis meses antes de la exposición. Lo mismo se aplica si una de las personas mencionadas arriba vendió, acondicionó o cuidó el perro en su casa en los seis meses antes de la exposición.
- A un juez le está prohibido viajar a una exposición en la que juzga con expositores cuyos perros tendrán que ser juzgados por él.
- Bajo ningún concepto, un juez debería sociabilizar o permanecer con expositores que le presentarán perros. Sólo puede hacerlo DESPUÉS de haber completado su juzgamiento.
12 QUEJAS
Cualquier decisión tomada por un juez en relación a las calificaciones, los premios y las clasificaciones es definitiva e inapelable.
Sin embargo, las quejas contra la organización de la exposición y las modalidades aplicadas para otorgar las calificaciones, los premios y las clasificaciones son aceptables y deben formularse inmediatamente por escrito al organizador de la exposición, seguidas por un depósito de dinero (dos veces el importe de la inscripción) como garantía. La secretaría de la exposición debe tomar nota de las quejas. Si se encontrara que la queja fuera injustificada, la garantía será entregada al organizador de la exposición. Si se encontrara que la queja es justificada, el dinero debe ser rembolsado.
13 SANCIONES
Las violaciones a estas regulaciones pueden ser castigadas con medidas disciplinarias. La FCI puede prohibir al organizador en cuestión el otorgamiento del CACIB en sus exposiciones internacionales durante uno o varios años. Tal decisión es tomada por el Comité General de la FCI, después de haberse realizado el descargo oral o escrito del organizador en cuestión. Cualquier apelación contra la penalización impuesta por el Comité General de la FCI será decidida en última instancia por la Asamblea General de la FCI.
14 APLICACIÓN
Cada organizador de una exposición con CACIB tiene que observar las reglas y leyes del país en el que se desarrolla el evento. Ante quejas específicas, el Comité General de la FCI puede intervenir y tomar una decisión final (que puede llegar hasta la anulación de un CACIB concedido) en caso de incumplimiento de este reglamento por parte de los expositores, de los jueces de la FCI y/o de los organizadores de exposiciones internacionales de la FCI. Estas decisiones deberían servir a mantener la credibilidad de las exposiciones internacionales de la FCI y garantizar que se observen este reglamento.
Reglamento Complementario para las Exposiciones Mundiales y de
Sección de la Fédération Cynologique Internationale (FCI)
PREÁMBULO
Una vez por año, en una exposición internacional con CACIB determinada por la Asamblea General de la FCI, se permite otorgar el título de “Vencedor Mundial”. Una vez por año, en una exposición internacional con CACIB determinada por cada sección de la FCI, se puede otorgar el título de “Vencedor de Sección”. Los títulos de Vencedor Mundial y de Sección pueden ser otorgados a todas las razas, reconocidas por la FCI ya sea en forma definitiva o provisoria. Las razas que aún no están reconocidas, ni provisoria ni definitivamente, no pueden ingresarse en las exposiciones Mundiales y de Sección. No hay “Reserva” del Vencedor Mundial o Vencedor de Sección. Estas exposiciones deben organizarse con estricta observancia de las regulaciones de la FCI.
Los miembros de pleno derecho de la FCI son los únicos que pueden organizar Exposiciones Mundiales o de Sección.
Cualquier solicitud para organizar una Exposición Mundial (WDS) o de Sección (SDS) tiene que hacerse usando uno de los 2 formularios en archivo (anexo 2 o 3).
El día en que se lleva a cabo la Exposición Mundial o de Sección en un continente, está prohibido realizar otra exposición con CACIB en el mismo continente, el mismo día. Independientemente de la sección donde tienen lugar estas exposiciones, debe haber un período mínimo de seis semanas entre la Exposición Mundial y la Exposición de Sección. Entre una Exposición Mundial y una Exposición de Sección (cuando son llevadas a cabo en el mismo continente), debe haber un intervalo de tres meses. La fecha de la Exposición Mundial es la que prevalece. El importe de la inscripción en una Exposición Mundial o de Sección debe ser igual para todos los expositores. Sin embargo, se permite un descuento eventual al ser los expositores miembros de la asociación canina nacional que lleva a cabo la exposición.
1 REGULACIONES
El título de “Vencedor Mundial” y de “Vencedor de Sección” será otorgado a los perros macho y hembra propuestos para el CACIB (ver sección 7 “Títulos, premios y concursos en el ring de honor” del presente reglamento de exposiciones de la FCI). El otorgamiento de este título es independiente del número de inscritos para cada raza en particular. En el caso de razas reconocidas provisoriamente por la FCI, los títulos de “Vencedor Mundial” y “Vencedor de Sección” serán otorgados al mejor macho y la mejor hembra entre las clases intermedia, abierta, trabajo y campeón. Estas razas no pueden optar al CACIB.
El título de “Vencedor Mundial – Joven” o “Vencedor de Sección - Joven” será otorgado a los mejores jóvenes, macho y hembra, siempre y cuando hayan recibido la calificación «1ro Excelente».
El título de “Vencedor Mundial – Veterano” o “Vencedor de Sección –Veterano” será atribuido a los mejores veteranos, macho y hembra, siempre y cuando hayan conseguido la calificación “1ro Excelente”.
Los títulos “Vencedor - Joven” y “Vencedor - Veterano” son otorgados según la lista de distribución de los CACIB de la FCI.
El macho y la hembra propuestos para el CACIB, los mejores jóvenes, macho y hembra, que recibieron la calificación “1ro Excelente” y los mejores veteranos, macho y hembra, que consiguieron la calificación “1ro Excelente” compiten por el Mejor de Raza y Mejor Sexo Opuesto (BOS).
Los títulos arriba mencionados así como el Mejor de Raza y Mejor Sexo Opuesto son otorgados por un solo juez, que debe ser nombrado de antemano.
Todos los perros deben ser juzgados de acuerdo con el Reglamento de Exposiciones de la FCI. Es facultativo el informe del juez. Los informes tienen que ser redactados en el idioma del país organizador o en uno de los cuatro idiomas de trabajo de la FCI elegido por el juez. Los organizadores deciden sobre el tipo de informe y son responsables de su traducción. Los organizadores tienen que anunciar en el cronograma de la exposición si está previsto o no que los expositores reciban un informe escrito.
Para las Exposiciones Mundiales y de Sección, es absolutamente obligatoria la división en grupos según la nomenclatura de las razas de la FCI. Cada grupo debe ser juzgado íntegro en un día.
No puede llevarse a cabo una competencia de « Vencedor del Día ». Es obligación para todos los « Mejores de Grupo » competir el último día de la exposición por el « Mejor de la Exposición ».
Durante cada Exposición Canina Mundial y de Sección, el organizador debería también llevar a cabo un Concurso Mundial y de Sección de Obediencia y una competencia Mundial y de Sección de Junior Handling.
2 PREDIO DE EXPOSICIÓN Y RINGS
Las Exposiciones Mundiales y de Sección deberán llevarse a cabo en predios apropiados para tal propósito.
Cada ring debe ser lo suficientemente amplio como para que los perros puedan ser juzgados en posición de parados y como para darles un espacio suficiente para poder desplazarse sin problema en el ring, de acuerdo con el tamaño y la cantidad de perros.
Los organizadores de las Exposiciones Mundiales y de Sección deberán proporcionar un ring de honor lo suficientemente amplio, como para albergar a todos los perros a ser juzgados de acuerdo con los grupos de la FCI. Los ejemplares compitiendo en todos los grupos y otras competencias en el ring de honor deberían ser pre-juzgados en pistas separadas con suficiente tiempo antes de ir al ring de honor según el horario. Un examen más detenido por parte del juez en el ring de honor debería limitarse a semi-finalistas o finalistas preseleccionados.
Los organizadores deben asegurarse que los vencedores de BOB tengan fácil acceso al ring de honor desde la pista de pre-juzgamiento.
Si otras actividades se llevan a cabo durante la exposición, no pueden interferir en el buen desarrollo de la exposición.
El comité organizador debe asegurar protección suficiente en caso de que la exposición sea al aire libre.
3 JUECES
Todos los jueces que ofician en Exposiciones Mundiales o de Sección deberán ser especialmente experimentados en la/s raza/s que van a juzgar y deben tener gran experiencia en importantes y grandes exposiciones de la FCI. Debe suministrarse prueba de esta experiencia.
Las competencias de « Mejor de Grupo » y « Mejor de Exposición » deben ser juzgadas por un solo juez, autorizado para hacerlo.
En las exposiciones Mundiales y de Sección, sólo un juez internacional para todas las razas de la FCI, de un país miembro de pleno derecho de la FCI, puede juzgar el “Mejor de Exposición” (BIS).
Solamente un juez de grupo de la FCI de un miembro de pleno derecho de la FCI aprobado para este grupo, o un juez para todas las razas internacional de la FCI de un miembro de pleno derecho de la FCI, puede juzgar las competencias de Mejor de Grupo (BIG).
Debe designarse un panel de jueces internacional y equilibrado para las Exposiciones Mundiales y de Sección. Las disposiciones del Art 10 INVITACIONES A JUZGAR punto g. del reglamento de exposiciones caninas (2/3 como mínimo de los jueces invitados deben ser jueces de la FCI aprobados por una OCN miembro de la FCI) deben respetarse. Además jueces calificados de países que no sean miembros de la FCI, pueden ser invitados esencialmente para juzgar las razas de sus países. Para las Mundiales, debería ser invitado – como mínimo– un juez de cada sección de la FCI.
Los programas de las exposiciones Mundial y de Sección deben establecer claramente las razas asignadas a los respectivos jueces.
Para las exposiciones Mundial y de Sección, las organizaciones caninas nacionales de los países donde tienen lugar los eventos deben designar y contratar a los jueces.
Los jueces que son también los delegados oficiales de su OCN en una Asamblea General celebrada en el marco de una exposición Mundial deben tener un mínimo del 50% de sus gastos de viaje reembolsado por el organizador del evento.
4 VEEDOR DE LA FCI
A - Para cada exposición Mundial, un veedor oficial de la FCI será designado por el Comité General de la FCI. El Director Ejecutivo de la FCI ayudará al veedor oficial de la FCI.
Para las exposiciones de Sección, la sección correspondiente recomienda a un veedor oficial de la FCI, sujeto a la aprobación del Comité General de la FCI.
B - El veedor de la FCI tiene las siguientes atribuciones:
- a. asistir y aconsejar a los clubes organizadores durante los preparativos de la exposición.
- b. asegurar que la organización canina nacional del país anfitrión ha seguido todas las reglas y regulaciones especiales de la FCI y que las mismas se aplican correctamente durante la exposición.
- c. tomar nota de todas las quejas que se hagan durante la exposición y se refieran a violaciones a las reglas y regulaciones especiales de la FCI.
- d. informar al Comité General de la FCI, a través de un amplio reporte escrito sobre las actividades (anexo 4), comunicar las quejas pertinentes a este Comité y asistir al Comité General de la FCI en la resolución de estos asuntos, si es necesario. Una copia del informe debería ser enviada al presidente de la Comisión de Exposiciones de la FCI.
C - Si el veedor oficial de la FCI fuera también miembro del Comité General de la FCI, representará a la FCI en la exposición en el caso de que ningún miembro del Comité General de la FCI esté presente.
D - Todos los gastos de viaje, hospedaje y comidas del veedor de la FCI (exposiciones Mundiales y de Sección), deberán ser pagados por la organización canina nacional del país organizador así como también la misma dieta que los jueces. Además, si el Comité General le pide al veedor que visitara el área de la exposición antes del evento, los gastos de viaje, hospedaje y comida serán sufragados por la FCI.
El texto original es la versión inglesa.
Estas regulaciones fueron aprobadas por el Comité General de la FCI en Berlín, el 31 de octubre 2007 y serán vigentes a partir del 1° de enero de 2008.
Las enmiendas en negrita e itálica fueron aprobadas por el Comité General en Thuin (noviembre de 2018) y serán vigentes a partir de la fecha de su publicación.
Anexo al REGLAMENTO DE EXPOSICIONES CANINAS y de JUECES de la Fédération Cynologique Internationale REGLAMENTO COMPLEMENTARIO PARA LOS GASTOS DE VIAJE DE LOS JUECES |
1. Todos los gastos habituales de viaje, incluyendo el kilometraje real en coche (le corresponde al Comité General de la FCI fijar la tasa de reembolso con un mínimo de 0.35 €/km), aparcamiento, tren, autobús, taxi, vuelo aéreo (precio razonable en clase económica con un seguro de cancelación del vuelo – de ser posible – y una opción para poder cambiar su vuelo), así como la comida durante el viaje, que tenga que pagar el juez, tienen que ser reembolsados inmediatamente cuando llega o conforme a un eventual convenio entre él y los organizadores.
2. Cuando juzga en todas las exposiciones de Sección o Mundiales así como en las exposiciones internacionales organizadas en países que pertenecen a la Sección Europa de la FCI, un juez debe recibir de los organizadores, además de los gastos mencionados arriba (véase punto 1), una dieta de por lo menos 50 € por cada día de juzgamiento y 35 € por cada día de viaje. Cuando juzga en exposiciones internacionales organizadas en países que pertenecen a las otras secciones de la FCI, un juez debe recibir, además de los gastos mencionados arriba (véase punto 1), una dieta de por lo menos 35 € por cada día de juzgamiento o de viaje. Para todas las exposiciones internacionales el organizador está autorizado a tener una dieta diaria para sus jueces domésticos según sus leyes nacionales.
El texto original es la versión inglesa.
Los cambios en negrita fueron aprobados por el Comité General de la FCI en Helsinki, octubre de 2013, y entran en vigor a partir del 1° de enero de 2014.
Las aclaraciones en negrita e itálico fueron aprobadas por el Comité General de la FCI en Cancún, abril de 2014.